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institución:ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 4 R-DCA-655-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre de dos mil seis.------------------------------------------------------------------------------------------------------ Recurso de objeción al cartel interpuesto por AutoStar Vehículos S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública 01-2006, promovida por la Asociación Cruz Roja Costarricense para la compra de vehículos aptos para convertir en ambulancia y pick up.------------------------------------------------- I. POR CUANTO: AutoStar Vehículos S.A. presentó recurso de objeción en tiempo.---------------- II.-POR CUANTO: Mediante el auto de las quince horas y cincuenta y cinco minutos del veintidós de noviembre de dos mil seis, se confirió audiencia especial a la Asociación Cruz Roja Costarricense, la cual atendió en tiempo la audiencia conferida.-------------------------------------------- III.-POR CUANTO: Análisis de fondo del recurso interpuesto. 1) Requisito de admisibilidad. Cilindrada del vehículo. La recurrente cuestiona que no se distingue en el punto 4) del pliego, entre motores convencionales y de tecnología de punta, de forma que en el caso de los modelos Sprinter, que cuenta con un motor de inyección electrónica (tecnología de punta), motor con una cilindrada de 2.150 cc, se limita la participación en forma injustificada. Explica que pese a que la cilindrada es menor tiene bondades técnicas superiores, como potencia de 129 cv (95kw), alto torque de 300 Nm, inyección electrónica, aspiración turbo alimentado y post-enfriado y cumple con norma de emisión de gases EURO II que es de las más exigentes a nivel mundial. Agrega que, en todo caso, los factores más relevantes en esta ponderación son el torque y la potencia, no precisamente la cilindrada. Al respecto, indica la Cruz Roja que el cartel pide la especificación de la cilindrada como preferible y abre la posi ...
Fecha publicación: 07/12/2006
Fecha emisión: 01/12/2006
Institución: ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


1 4 R-DCA-464-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas con quince minutos del doce de setiembre de dos mil seis.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Capacitación Prehospitalaria JJ S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública No. 02-2005, promovida por la Asociación Cruz Roja Costarricense, para la adquisición de equipo médico vario, acto recaído en sus ítemes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 13, 17, 18, 21, 24, 26, 27, 28, 30, 31 a favor de HB Médica S.A., en sus ítems 8, 14, 15, 16, 22, 25 a favor de Innovadora Médica S.A., en sus ítems 10, 20 a favor de Suplidora Médica de Guanacaste S.A., en sus ítemes 11, 12, 19, 29, 33, 34, 35 a favor de Capacitación Prehospitalaria JJ S.A., en su ítem 23 a favor de Esadyuen Medical Supply S.A., en su ítem 32 a favor de Servicios Electromédicos y de Laboratorio S.A., en su ítem 36 a favor de Lentes de Costa Rica S.A., en su ítem 37 a favor de Praxair de Costa Rica S.A., y en su ítem 38 a favor de Compañía Farmín S.A., por un monto total de US$156.015.65, y ¢1.952.800.------------------------- - RESULTANDO I. Capacitación Prehospitalaria JJ S.A. alegó en su recurso que la calificación excedió el límite legal que le correspondía, al cumplirse diez meses desde su apertura hasta la adjudicación; que a Suplidora Médica de Guanacaste S.A. le adjudicaron algunos ítems antes de que renovara su garantía de participación, sea se le adjudicaron cuando tenía la garantía de participación vencida; y el expediente es vago en su sistema de foleado. Solicitan se declare la deserción del presente proceso. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. Esta División solicitó el respectivo expediente administrativo a la Asociación Cruz Roja Costarricense. -------------------------- ...
Fecha publicación: 15/09/2006
Fecha emisión: 12/09/2006
Institución: ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 8 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 06395 3 de junio de 2005 DAGJ-1469-2005 Licenciado Miguel Carmona Jiménez Presidente ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE Estimado señor: Asunto: Consulta relacionada con la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública. Se refiere este Despacho a su oficio Nº 0181-03-05-Pres presentado a la Contraloría General el 30 de marzo del año en curso, mediante el cual plantea una consulta relacionada con los alcances de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley Nº 8422 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 212 del 29 de octubre de 2004), concretamente en cuanto a la aplicación de diversas disposiciones de dicha norma respecto de las que se exponen algunas consideraciones y se plantean sendas interrogantes, las cuales pasamos a responder en el mismo orden en el que fueron formuladas. a. Artículo 2º-Servidor Público. En cuanto a este aspecto, surgen algunas inquietudes en cuanto a la aplicación de dicho numeral a lo interno de su representada, y dudas referidas al contenido de los conceptos custodia, administración y explotación de fondos, bienes o servicios de la Administración Pública mencionados en la norma. Sobre el particular iniciamos señalando que los fines de la Ley Nº 8422, se encuentran definidos en el artículo 1º de dicho cuerpo normativo, numeral que los refiere a “prevenir, detectar y sancionar la corrupción en el ejercicio de la función pública”, finalidad cuya consecución espera ser alcanzada en primera instancia, mediante la regulación y sanción de una serie de conductas u omisiones constitutivas por si mismas de actos de corrupción -o al menos en acciones que facilitan la verificación de este tipo de no actos no deseados por el ordenamiento jurídico-, así como el establecimiento de determinadas restricciones, prohibiciones e incompatibilidades que vinculan ...
Fecha publicación: 09/06/2005
Fecha emisión: 06/06/2005
Documento: 06395-2005.doc
Institución: ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Declaracion Jurada , Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Sanciones Administrativas y Regimen de Responsabilidades


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Salud División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Salud Sr. -2- __ de _____, 2003 Al contestar refiérase al oficio Nº 05667 19 de mayo, 2005 FOE-SA-0217 Licenciado Orlando Esquivel Hernández Gerente General Asociación Cruz Roja Costarricense Estimado señor: Asunto: Atención de solicitud de criterio sobre la aplicación del artículo 6 de la Ley No. 8131 al superávit derivado de las leyes Nos. 7331 y 8114, así como de las transferencias de Municipalidades y de algunas entidades estatales. Se procede a dar respuesta al oficio No. GG-0314-03-05 de fecha 3 de marzo pasado, mediante el cual se consulta sobre la aplicación de la Ley No. 8131 -Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos- a esa Asociación y, específicamente, sobre el uso que debe dársele a los recursos del superávit acumulado de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de ese cuerpo normativo. Al respecto, es preciso indicar que el artículo 1° de la Ley No. 8131 -de repetida cita-, señala su aplicación a las entidades privadas que administren o dispongan de recursos provenientes de la Hacienda Pública, como es el caso de la Cruz Roja Costarricense. Por otra parte, y a pesar de que esta Contraloría General, conoce la relevancia de la labor que ejecuta dicha Asociación y de las dificultades motivadas por la oportunidad en que se le transfieren los recursos públicos asignados, es claro que el artículo 6 de la referida ley, le aplica en todos sus extremos; por lo tanto, los recursos provenientes del superávit acumulado, los cuales son catalogados como ingresos de capital, sólo pueden ser utilizados para el financiamiento de gastos de capital. Atentamente, Licda. Vilma Gamboa Bolaños Gerente de Área LFC/VGB/pgg ci: Archivo Central (2) Archivo de Área ce: Secretaría Técnica G# 2004006881-3 NI: 5137,10428 Criterios y Dictámenes T: (506)220-3120 E: inforcgr@cgr ...
Fecha publicación: 22/05/2005
Fecha emisión: 19/05/2005
Documento: 05667-2005.doc
Institución: ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS DE SALUD
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


1 13 R-DAGJ-170-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del treinta y uno de marzo de dos mil cinco.---------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por la empresa Autostar Vehículos S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública 01-2005, promovida por la Cruz Roja Costarricense, para el suministro de vehículos aptos para convertir en ambulancia.----------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: El recurso interpuesto por la empresa Autostar Vehículos S.A., fue presentado vía fax en este Despacho a las 8:37 horas del 11 de marzo del 2005 y ratificado en original a las 3:28 horas del 14 de marzo del presente año.------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial a la Cruz Roja Costarricense con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. ----------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: La Cruz Roja Costarricense mediante oficio de 29 de marzo del 2005 atendió esa audiencia especial.--------------------------------------------------------------------------------------------- IV. SOBRE EL FONDO: A) En cuanto al requerimiento de vehículos tipo microbús tracción sencilla aptos para convertir en ambulancia: 1) Alega la objetante que ellos fabrican el vehículo Mercedes Benz tipo Sprinter el cual es apto para convertirlo en ambulancia y no es microbús sino Van, sin embargo, se ha comercializado con excelentes resultados, además las dimensiones internas superan con creces a las mínimas requeridas por la Institución y vienen sin asientos de fábrica tal y como lo exige el cartel. Que de aceptarse su petición la Cruz Roja contará con una mayor cantidad de ofertas porque no limita la libertad de participación y promover ...
Fecha publicación: 03/04/2005
Fecha emisión: 31/03/2005
Institución: ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-571-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del veinte de setiembre de dos mil cuatro.-------------------------------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Prevención y Seguridad Industrial S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública No. 04-2004, promovida por la Cruz Roja Costarricense para la compra de cascos de seguridad.---------------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: Prevención y Seguridad Industrial S.A. interpuso recurso de objeción mediante su escrito presentado ante esta Contraloría General el 3 de setiembre de 2004.--------------------------- II. POR CUANTO: Mediante el auto de las 8:00 horas del 8 de setiembre de 2004, la División de Asesoría y Gestión Jurídica, confirió audiencia especial a la Administración respecto del recurso interpuesto, con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación.-------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: La Cruz Roja Costarricense atendió la audiencia conferida mediante su escrito del 13 de setiembre de 2004.----------------------------------------------------------------------------- IV. POR CUANTO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación o evitar que se confieran ventajas a unos oferentes en perjuicio de otros; todo ello en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. De manera que, mediante la interposición de este recurso, los potenciales oferentes ayudan a la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones; por ello son de importancia las razones que la Administración indique en defensa de las condicio ...
Fecha publicación: 24/09/2004
Fecha emisión: 21/09/2004
Institución: ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


3 4 R-DAGJ-185-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del día quince de abril de dos mil cuatro.------------------------------------------ Recurso de objeción al cartel interpuesto por Auto Ensambladora S. A., en contra del cartel de la Licitación Pública N° 02-2004, promovida por la Asociación Cruz Roja Costarricense para el suministro de vehículo aptos para convertir en ambulancia.--------------------------------------------------- POR CUANTO: I. El recurso que se conoce fue presentado en tiempo y forma.------------------------------------------------ II. La firma impugnante planteó formal recurso de objeción en contra del cartel de la licitación de referencia, manifestando lo siguiente: 1) Que existe una mala adopción de la fórmula prevista en el cartel para evaluar el plazo de entrega. 2) Que se modifique el parámetro de calificación del período de garantía de fábrica (véase escrito en expediente de objeción).---------------------------------- III. Este Despacho concedió la audiencia especial de rigor a la Administración licitante, mediante auto de las catorce horas del veintiséis de marzo de dos mil cuatro, para que se pronunciara respecto de los fundamentos del recurso y a la vez se sirviera enviar a este Órgano Contralor un ejemplar del cartel de la licitación (véanse autos respectivos agregados al expediente de objeción).- IV. La Cruz Roja Costarricense atendió la audiencia conferida manifestado no estar de acuerdo en los puntos objetados y por lo tanto solicita se mantenga el cartel y rechazar el recurso de objeción incoado (véase escrito contenido en expediente de objeción).------------------------------------------------- V. Vistos los términos de la respuesta ofrecida por la Cruz Roja rechazando prácticamente la modificación de los puntos objetados, este Despacho emitirá criterio sobre el particular de la siguiente forma: 1) Fórmula para evaluar el plazo de entrega: Señala l ...
Fecha publicación: 18/04/2004
Fecha emisión: 15/04/2004
Institución: ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Salud División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Salud Sr. Orlando Esquivel H. -2- 1 de octubre, 2003 Al contestar refiérase al oficio Nº 10992 1 de octubre, 2003 FOE-SA-317 Señor Orlando Esquivel H. Gerente General Asociación Cruz Roja Costarricense Estimado señor: Asunto: Criterio referente al concepto de gastos operativos. Esta Contraloría General de la República recibió su oficio GG-822-07-03, mediante el cual se remite consulta que permita determinar si el concepto de “gastos operativos” incluye la posibilidad de reconocer el pago de Servicios Personales, esto en vista de que ha sido práctica en esa Asociación que transferencias consideradas en diversas leyes de presupuestos nacionales, con la indicación de que se utilicen para el reconocimiento de Gastos Operativos, se destinen al pago de este tipo de servicios. Sobre el particular, una vez realizado el análisis correspondiente, este Órgano Contralor considera que el término “gastos operativos” que se incorpora como anotación, para precisar su empleo, en alguna partida –regularmente en la de transferencias corrientes- de un documento presupuestario relacionado con el Presupuesto Ordinario de la República, tiene una correspondencia directa con la producción de los bienes y/o servicios que, la organización beneficiaria, presta a la comunidad. En el caso particular de la Asociación Cruz Roja Costarricense, el término en mención se asocia con aquellos gastos relacionados con la producción de los servicios humanitarios de salvamentos, asistencia paramédica, traslado a centros hospitalarios y labores afines, que son la razón de ser de dicha Asociación. Por otra parte, considerando la clasificación económica del presupuesto, se tiene que los gastos pueden ser agrupados en dos secciones, una denominada presupuesto de operaciones o de gastos corrientes y otra conocida como presupuesto de capital o de inve ...
Fecha publicación: 05/10/2003
Fecha emisión: 02/10/2003
Documento: 10992-2003.doc
Institución: ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS DE SALUD
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD